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Auto del Juzgado nº1 al CIE de Barcelona

El  Juzgado de Instrucción nº 1 de Barcelona en funciones de control del CIE de Barcelona requiere mediante un auto a este centro que se garantice el derecho de las personas internadas en el CIE a ser informadas sobre protección internacional.
Este auto llega después de los autos dictados por el Juzgado de Instrucción nº 6 de Madrid en los cuales ha requerido a la dirección del centro para que garantice el derecho de personas internadas a ser informadas sobre protección internacional y a conocer la situación de su expediente administrativo. Estos tres autos tienen una enorme importancia tanto para el derecho a la defensa como para la protección de los solicitantes de asilo.
 Información sobre asilo
Los CIE son centros donde pueden formalizarse solicitudes de protección internacional por lo que debe ofrecerse en ellos información sobre asilo. Una instrucción de la Dirección General de Política Interior del año 2005, actualmente en vigor, establece que todos los Centros de Internamiento de Extranjeros dispondrán de folletos informativos para acceder a Protección Internacional, así como que se les hará entrega de información a los internos en dicho sentido. Cuestión que no está siendo cumplida.
En ese sentido, las letradas de la Comisión Catalana de Ayuda al Refugiado solicitaron que se les proporcionara información acerca de la manera y forma en que el CIE de Barcelona informa de sus derechos a las personas internadas.
En respuesta a esta solicitud,  el Juez de Control emitió el  Auto de 23 de junio del Juzgado de control,  en el que se considera conveniente que se facilite a los internos el día de su llegada la misma información sobre la posibilidad de solicitar asilo que se ha acordado que se otorgue a las personas internadas en el CIE de Madrid mediante el auto dictado por el Juzgado de Instrucción nº6 de Madrid, que es la siguiente:
-Una hoja informativa sobre los derechos de las personas internas
-Esta hoja deberá estar traducida en el idioma de la persona internada o una lengua que le resulte inteligible, o bien en caso de una persona no alfabetizada, se hará una información verbal de los derechos
-el CIE de Barcelona deberá facilitar a las personas internas el día de su llegada información sobre la posibilidad de solicitar asilo, mediante una hoja informativa traducida en una lengua inteligible para la persona interna o leída en casa de no estar alfabetizada.
-El CIE de Barcelona deberá facilitar a los servicios sociales del CIE y entidades que colaboren con el CIE en materia social un folleto informativo en el que se detalle quién puede pedir asilo y cómo debe hacerlo.
Además, el Juez de Control resalta el hecho de que es recomendable que se sigan en los diversos CIE de España unas pautas uniformes en lo que se refiere a la protección de los derechos fundamentales de las personas internas.
Desde la Comisión Catalana de Ayuda al Refugiado, entendemos que este Auto supone un avance importante para garantizar  el derecho de  información, a la defensa y a la protección internacional, en su caso, de las personas internas en el CIE de Barcelona, así como un avance hacia un criterio uniforme en cuanto a derechos fundamentales en los CIE.
Barcelona, a 27 de junio de 2014
Contacto: Pascale Coissard / Gisela Cardús 93 301 25 39